Esta decisión ha sido retirada.
Programa de trabajo de mediano plazo de la Conferencia de las Partes
La Conferencia de las Partes
1.
Decide
aprobar el programa de trabajo de mediano plazo para el período 1995-1997
que figura en el anexo de la presente decisión;
2.
Decide también
examinar el programa de trabajo de mediano plazo en su próxima reunión a
la luz de los progresos realizados en la aplicación del Convenio.
Teniendo en cuenta
que las Partes comparten el profundo interés y preocupación por la necesidad
de transferir, manipular y utilizar en forma segura todos los organismos
vivos modificados resultantes de la biotecnología a fin de evitar efectos
perjudiciales para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad
biológica,
3.
Decide también
establecer lo antes posible un grupo especial de composición abierta de
expertos designados por los gobiernos para que estudie la necesidad y las
modalidades de un protocolo en el que se establezcan procedimientos adecuados,
incluido en particular el consentimiento fundamentado previo, en la esfera
de la transferencia, manipulación y utilización seguras de cualesquiera
organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología que puedan
tener efectos perjudiciales para la conservación y la utilización sostenible
de la diversidad biológica;
4.
Decide también
que el grupo especial de composición abierta de expertos designados por
los gobiernos celebre una reunión de una semana de duración en 1995 con
miras a presentar su informe a la Conferencia de las Partes;
5.
Decide
que el grupo especial de composición abierta de expertos designados por
los gobiernos examine, según proceda,los conocimientos, la experiencia y
la legislación en la esfera de la seguridad de la biotecnología, incluidas
las opiniones de las Partes y las organizaciones nacionales, regionales
e internacionales, con miras a presentar un informe para su examen en la
segunda reunión de la Conferencia de las Partes, a fin de que ésta pueda
adoptar una decisión fundamentada sobre la necesidad y las modalidades de
un protocolo;
6.
Pide
a la Secretaría Provisional que presente al grupo especial de composición
abierta de expertos designados por los gobiernos la información pertinente
sobre estas cuestiones con antelación suficiente para facilitar sus deliberaciones;
7.
Decide
que la Secretaría, a fin de preparar la labor del grupo especial de composición
abierta de expertos designados por los gobiernos, establezca, en consulta
con la mesa de la Conferencia de las Partes, con asistencia de la ONUDI,
el PNUMA, la FAO y la OMS, un grupo de 15 expertos designados por gobiernos,
con representación geográfica equitativa, para preparar y presentar al grupo
especial de composición abierta de expertos designados por los gobiernos
un documento de antecedentes basado en el examen, según proceda, de los
conocimientos y experiencia en materia de
evaluación y gestión de riesgos y las directrices y/o normas ya preparadas
por las Partes, por otros gobiernos y por organizaciones nacionales y organizaciones
subregionales, regionales e internacionales competentes.
8.
Exhorta
a la comunidad internacional, y en particular a los países desarrollados,
a hacer contribuciones voluntarias de fondos para que el grupo especial
de composición abierta de expertos designados por los gobiernos pueda cumplir
eficazmente su mandato.
Anexo
PROYECTO DE PROGRAMA DE TRABAJO DE MEDIANO PLAZO DE LA
CONFERENCIA DE LAS PARTES PARA 1995-1997
1. El programa de trabajo de mediano plazo se construirá sobre la base
de cuestiones de carácter permanente y ocasionales.
2. Los temas de carácter permanente comprenderán, entre otros:
2.1 Asuntos relativos al mecanismo financiero, incluido un informe de
la estructura institucional provisional encargada de su funcionamiento;
2.2 Informe de la Secretaría sobre la administración del Convenio y
el presupuesto de la Secretaría;
2.3 Informe del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico
y Tecnológico, instrucciones para ese Órgano y examen de sus recomendaciones;
2.4 Informes de las Partes sobre la aplicación del Convenio;
2.5 Informe sobre el funcionamiento del mecanismo de intercambio, su
evaluación y su examen;
2.6 Relación del Convenio sobre la Diversidad Biológica con la Comisión
sobre el Desarrollo Sostenible y los convenios relacionados con la diversidad
biológica y otros acuerdos, instituciones y procesos internacionales pertinentes.
3. Los otros asuntos y actividades conexas necesarios para aplicar el Convenio
se tratarán en un programa anual, en el entendimiento de que el Órgano Subsidiario
y los grupos de trabajo que designe la Conferencia de las Partes desarrollarán
y examinarán en forma permanente esas cuestiones ocasionales pertinentes
de conformidad con las decisiones de la Conferencia de las Partes. El programa
anual habrá de ser flexible.
4. El tratamiento de los temas del programa de trabajo deberá reflejar
también la importancia de la creación de capacidad, que es uno de los elementos
necesarios para la aplicación satisfactoria del Convenio. El programa de
trabajo deberá reflejar siempre un equilibrio entre los objetivos del Convenio
establecidos en el artículo 1.
5. En 1995, la Conferencia de las Partes, en su segunda reunión, podría
examinar, entre otros, los siguientes temas***:
5.1
Medidas generales para la conservación y la utilización sostenible
5.1.1 Suministrar información y compartir experiencias sobre la aplicación
del artículo 6.
5.2
Conservación de la diversidad biológica
5.2.1 Examen preliminar de los componentes de la diversidad biológica
particularmente amenazados y medidas que podrían adoptarse con arreglo
al Convenio;
5.2.2 Proporcionar información y compartir experiencias sobre las
medidas para la aplicación del artículo 8.
5.3
Conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica costera
y marina
5.3.1 Examinar la diversidad biológica costera y marina en relación
con los tres objetivos del Convenio y sus disposiciones.
5.4
Acceso a los recursos genéticos
5.4.1 Compilar leyes existentes, así como información administrativa
y normativa sobre el acceso a los recursos genéticos y la participación
equitativa en los beneficios derivados de su utilización;
5.4.2 Compilar la información facilitada por los gobiernos y los informes
pertinentes de las organizaciones internacionales apropiadas sobre medidas
de política, legislativas o administrativas relacionadas con los derechos
de propiedad intelectual que se contemplan en el artículo 16 del Convenio
y al acceso a la tecnología que haga uso de los recursos genéticos y
su transferencia.
5.5
Asuntos relacionados con la tecnología
5.5.1 Estudiar medios de promover y facilitar el acceso a la tecnología,
su transferencia y desarrollo, de conformidad con los artículos 16 y
18 del Convenio.
5.6
Gestión de la biotecnología
5.6.1 Examinar la necesidad de un protocolo relativo a la manipulación
y transferencia seguras de organismos vivos modificados.
5.7
Informe sobre el mecanismo financiero
5.7.1 Examen del estudio preparado por la Secretaría Provisional sobre
la disponibilidad de recursos financieros adicionales a los suministrados
por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM) reestructurado, y
sobre los medios de movilizar y canalizar estos recursos en apoyo de
los objetivos del Convenio, teniendo en cuenta las opiniones al respecto
manifestadas por los participantes en la primera reunión de la Conferencia
de las Partes.
5.8
Informes de las Partes
5.8.1 Proporcionar el formulario para la presentación de informes;
5.8.2 Decidir sobre la periodicidad de la presentación de informes.
5.9
Relación con el Sistema Mundial de la FAO sobre recursos fitogenéticos
para la agricultura y la alimentación
5.9.1 Mantenerse informada y estar en condiciones de examinar los
progresos realizados en la revisión del Compromiso Internacional sobre
Recursos Fitogenéticos para la agricultura y la alimentación, con miras
a verificar su compatibilidad con los objetivos y disposiciones del
Convenio y en aplicación de la resolución 3 del Acta Final de Nairobi;
5.9.2 Mantenerse informada y estar en condiciones de examinar la preparación
de la próxima Conferencia Técnica Internacional sobre la Conservación
y Utilización de los recursos fitogenéticos para la agricultura y la
alimentación de 1996;
5.9.3 Mantenerse informada sobre las novedades relacionadas con las
colecciones
ex situ
de recursos fitogenéticos.
6. En 1996, la tercera reunión de la Conferencia de las Partes podría examinar,
entre otros, los temas siguientes:
6.1
Medidas generales para la conservación y utilización sostenible
6.2
Identificación, seguimiento y evaluación
6.2.1 Examinar opciones para aplicar el artículo 7;
6.2.2 Examen de la evaluación de la diversidad biológica realizada
por el Órgano Subsidiario para la aplicación del apartado a) del inciso
2) del artículo 25 y asesoramiento sobre metodologías para futuras evaluaciones.
6.3
Conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica agrícola
6.3.1 Examinar la diversidad biológica agrícola en relación con los
tres objetivos del Convenio y sus disposiciones.
6.4
Examen del futuro programa de trabajo sobre la diversidad biológica
terrestre a la luz de los resultados de los debates del tercer período
de sesiones de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible en 1995
6.5
Conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas
y locales
6.5.1 Aplicación del inciso j) del artículo 8.
6.6
Acceso a los recursos genéticos
6.6.1 Recopilar las opiniones de las Partes sobre posibles opciones
para elaborar medidas legislativas, administrativas o normativas de
carácter nacional, según proceda, con objeto de aplicar el artículo
15.
6.7
Asuntos relacionados con la tecnología
6.7.1 Examinar medios de promover y facilitar el acceso a la tecnología,
su transferencia y desarrollo, de conformidad con los artículos 16 y
18 del Convenio.
6.8
Incentivos
6.8.1 Examinar opciones para aplicar el artículo 11.
6.9
Período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para examinar
la aplicación del Programa 21
6.9.1 Examinar posibles aportaciones desde la perspectiva de los tres
objetivos del Convenio.
7. En 1997, la cuarta reunión de la Conferencia de las Partes podría examinar,
entre otros, los siguientes temas:
7.1
Examen del programa de trabajo de mediano plazo (1995-1997)
7.1.1 Hacer un examen general y considerar la posibilidad de un programa
de trabajo a más largo plazo.
7.2
Modelos y mecanismos de vinculación entre la conservación
in situ
y
ex situ
7.3
Medidas para aplicar el Convenio
7.3.1 Suministrar información y compartir experiencias sobre la aplicación
del artículo 13;
7.3.2 Suministrar información y compartir experiencias sobre la aplicación
del artículo 14.
7.4
Examen de asuntos relacionados con la participación en los beneficios
7.4.1 Examinar medidas para fomentar y promover la distribución de
los beneficios derivados de la biotecnología, de conformidad con el
artículo 19.
7.5
Cooperación científica y técnica