Secciones retiradas: párrafos 1, 2(b) y 4.
BOSQUES Y DIVERSIDAD BIOLÓGICA
La Conferencia de las Partes,
1. Decide invitar a su
Presidente a que transmita la Declaración que figura en el anexo de la presente
decisión al Grupo Intergubernamental sobre Bosques en su segunda reunión;
2. Pide al Secretario
Ejecutivo:
a) Que asesore y facilite información sobre la relación entre las comunidades
indígenas y locales y los bosques, atendiendo a la invitación del Grupo de
Tareas Interinstitucional del Grupo Intergubernamental sobre Bosques;
b) Que encargue y elabore trabajos sobre bosques y diversidad biológica con
miras a preparar un documento de antecedentes sobre los vínculos entre los
bosques y la diversidad biológica, a fin de examinar, en su tercera reunión,
si deben hacerse nuevas aportaciones al Grupo Intergubernamental sobre Bosques,
y que transmita este documento, a efectos informativos, al Grupo Intergubernamental
sobre Bosques;
c) Que invite a todas las Partes y a los organismos y órganos intergubernamentales
pertinentes a contribuir a la preparación de los documentos sobre bosques
y diversidad biológica que elabore el Secretario Ejecutivo, y que preste el
mayor interés a las aportaciones que reciba de otros gobiernos, de organizaciones
no gubernamentales y de comunidades indígenas y locales;
3. Invita a todas las Partes
a que incluyan expertos en diversidad biológica de los bosques en sus
delegaciones ante el Grupo Intergubernamental sobre Bosques;
4. Invita a la Secretaría
del Grupo Intergubernamental sobre Bosques a que le comunique en su tercera
reunión los progresos realizados sobre cuestiones relacionadas con los bosques
y la diversidad biológica.
Anexo de la decisión II/9
DECLARACIÓN ACERCA DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA Y LOS BOSQUES
DIRIGIDA AL GRUPO INTERGUBERNAMENTAL SOBRE BOSQUES POR EL CONVENIO
SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA
1. La Conferencia de las Partes en
el Convenio sobre la Diversidad Biológica acoge con beneplácito la decisión
de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible de establecer un Grupo
Intergubernamental de composición abierta sobre Bosques (GIB) para tratar de
alcanzar el consenso y preparar propuestas coordinadas para la adopción de
medidas en apoyo de la ordenación, conservación y desarrollo sostenible de los
bosques.
2. Deseando
evitar la duplicación de esfuerzos y fomentar la coordinación con otras
organizaciones competentes en asuntos relacionados con la diversidad biológica,
la Conferencia de las Partes está presta a contribuir al cumplimiento del
mandato del GIB.
3. Teniendo en
cuenta el papel crucial que desempeñan los bosques en el mantenimiento de la
diversidad biológica mundial, la Conferencia de las Partes desea entablar un
diálogo con el GIB sobre cuestiones relacionadas con los bosques y la
diversidad biológica.
4. Los bosques tropicales,
templados y boreales en su conjunto proporcionan los más diversos hábitats
para plantas, animales y microorganismos, y albergan la gran mayoría de las
especies terrestres del mundo. Esa diversidad es fruto de la evolución,
pero refleja también la influencia combinada del entorno físico y las
actividades humanas.
5. El mantenimiento de los
ecosistemas forestales es crucial para la conservación de la diversidad
biológica bastante más allá de los límites de los bosques, así como para la
función clave que desempeñan en la dinámica del clima y los ciclos
biogeoquímicos mundiales. Los bosques proporcionan servicios ecológicos
y, al mismo tiempo, una forma de vida o un empleo para cientos de millones de
personas de todo el mundo.
6. La diversidad biológica de los
bosques es el resultado de procesos evolutivos de miles e incluso millones de
años que, en sí mismos, están impulsados por fuerzas ecológicas como el
clima, el fuego, la competencia y las perturbaciones. Además, la
diversidad de los ecosistemas forestales (tanto por sus características
físicas como biológicas) da como resultado altos niveles de adaptación,
característica de los ecosistemas forestales que forma parte integrante de su
diversidad biológica. En un ecosistema forestal concreto, el
mantenimiento de los procesos ecológicos depende del mantenimiento de su
diversidad biológica. La pérdida de diversidad biológica en un
ecosistema puede desembocar en una menor capacidad de adaptación.
7. Los bosques se están degradando
y su diversidad biológica se está perdiendo. La pérdida de diversidad
biológica de los bosques está ligada a la deforestación, fragmentación y
degradación sustanciales de todos los tipos de bosques. Los motivos de la
pérdida de diversidad biológica de los bosques son muchos, tanto directos como
indirectos, y la Conferencia de las Partes toma nota del mandato del GIB en ese
sentido. (Tema I.2 del programa del GIB).
8. Los bosques y su diversidad
biológica desempeñan funciones económicas, sociales y culturales importantes
en la vida de muchas comunidades indígenas y locales. El Convenio sobre
la Diversidad Biológica contempla específicamente la necesidad de respetar,
preservar y mantener los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las
comunidades indígenas y locales pertinentes para la conservación y la
utilización sostenible de la diversidad biológica, así como la necesidad de
proteger y alentar la utilización consuetudinaria de los recursos biológicos,
de conformidad con las prácticas culturales tradicionales. También
alienta a los países a que cooperen en el desarrollo y utilización de
tecnologías autóctonas y tradicionales, y fomenta que los beneficios derivados
de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan
equitativamente, en pro de los objetivos del Convenio. En los artículos 8
j), 10 c) y 18.4 del Convenio se establece el marco general a esos efectos.
9. Además, el
Convenio sobre la Diversidad Biológica reconoce en su artículo 15 los derechos
soberanos de los Estados sobre sus recursos genéticos y reconoce también que
la facultad de regular el acceso a esos recursos incumbe a los gobiernos
nacionales y está sometida a la legislación nacional. Estipula también
que cada Parte Contratante procurará crear condiciones para facilitar a otras
Partes Contratantes el acceso a los recursos genéticos para utilizaciones
ambientalmente adecuadas, y no imponer restricciones contrarias a los objetivos
del Convenio. Ese acceso, incluido el acceso a los recursos genéticos
provenientes de los bosques, estará sometido al consentimiento fundamentado
previo de la Parte que proporcione los recursos y se ajustará a condiciones
mutuamente acordadas. Se adoptarán medidas para compartir en forma justa
y equitativa los resultados de las actividades de investigación y desarrollo y
los beneficios derivados de la utilización comercial y de otra índole de los
recursos genéticos con la Parte Contratante que aporte esos recursos. Esa
participación se llevará a cabo en condiciones mutuamente acordadas.
10. La Conferencia de las Partes destaca la
necesidad de integrar la conservación y la utilización sostenible de la
diversidad biológica en los planes, programas y políticas sectoriales e
intersectoriales pertinentes (Convenio sobre la Diversidad Biológica, artículo
6 b)), y pide al GIB que la reconozca. La Conferencia de las Partes pide
al GIB que tome nota de que tiene intención de estudiar en qué forma la
conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica de los
bosques podría verse favorecida por el establecimiento de metas ambientales
específicas en el sector forestal y otros sectores. La Conferencia de las
Partes pide también al GIB que estudie la evaluación del impacto ambiental de
las actividades, planes, programas y políticas sectoriales que se prevea puedan
tener efectos perjudiciales para los ecosistemas forestales (artículo 14 del
Convenio sobre la Diversidad Biológica). (Tema I.2 del programa del GIB).
11. La Conferencia de las Partes toma nota del mandato del GIB relativo a los
métodos para la adecuada valoración de los múltiples beneficios derivados de
los bosques. En ese contexto, pide al GIB que estudie los beneficios económicos
(monetarios y no monetarios), los servicios ambientales y los valores no consuntivos
de la diversidad biológica de los bosques, incluido el importante valor cultural,
religioso y recreativo de los bosques.(Temas III.1 y IV.1 del programa del GIB).
12. La Conferencia de las Partes reconoce la
necesidad de desarrollar y aplicar métodos para una ordenación sostenible de
los bosques que combine metas productivas, metas socioeconómicas de las
comunidades locales dependientes de los bosques y metas ambientales,
especialmente las relacionadas con la diversidad biológica. La
ordenación sostenible de los bosques debe garantizar que los componentes de la
diversidad biológica se usan en una forma y a un ritmo que no conduzca a la
disminución a largo plazo de la diversidad biológica, a fin de que ésta
mantenga su potencial para satisfacer las necesidades de las generaciones
presentes y futuras (Convenio sobre la Diversidad Biológica, artículo
2). La ordenación sostenible de los bosques debe basarse en los
ecosistemas y tener por objetivo lograr la calidad de los bosques en la medida
en que se relaciona con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, incluyendo
elementos como la composición de los bosques, su regeneración natural, las
pautas de variación de los ecosistemas, las funciones de los ecosistemas y los
procesos de los ecosistemas a lo largo del tiempo. Debe prestarse especial
atención a los componentes de la diversidad biológica amenazados. (Temas
III.2 y I.5 del programa del GIB).
13. Las actividades de conservación in situ
de los bosques, de conformidad con el artículo 8 del Convenio sobre la
Diversidad Biológica, incluidos el establecimiento y la ordenación de áreas
protegidas, han de desempeñar un papel importante en el logro de los objetivos
de la diversidad biológica para la ordenación sostenible de los bosques, y
deben integrarse en los planes nacionales forestales y de aprovechamiento de la
tierra. En ese contexto reviste especial importancia la conservación de
los ecosistemas forestales primarios/antiguos y los secundarios ecológicamente
maduros. Todos los interesados, especialmente los administradores, deben
incorporarse a un proceso de adopción de decisiones abierto, transparente y
participatorio en el que puedan integrarse explícitamente las múltiples
funciones de los bosques y en el que intervengan todas las Partes interesadas,
incluidas las comunidades indígenas y locales. (Tema I.1 del programa del
GIB).
14. La cuestión de la educación y
sensibilización del público no se ha contemplado explícitamente en el mandato
del GIB. En las medidas nacionales e internacionales debería concederse
gran prioridad a la educación y sensibilización acerca de la importancia de la
diversidad biológica, especialmente de los componentes amenazados, a todos los
niveles de la sociedad, incluidas las comunidades locales, los encargados de la
elaboración de políticas locales y nacionales, los administradores de bosques
y los usuarios de los bosques y productos forestales. (Artículo 13 del
Convenio sobre la Diversidad Biológica).
15. Es preciso redoblar los esfuerzos en la investigación, formación y otras
actividades de creación de capacidad en la esfera de la diversidad biológica
(artículo 12 del Convenio sobre la Diversidad Biológica). Entre los temas importantes
cabe citar la elaboración de políticas, criterios e indicadores, metodologías
y tecnologías para la ordenación sostenible de los bosques, y los efectos de
la utilización de los componentes de la diversidad biológica, especialmente
los amenazados, en los procesos ecológicos. (Temas III.1 y III.2 del programa
del GIB).
16. En respuesta a la invitación del GIB, la
Conferencia de las Partes ha pedido al Secretario Ejecutivo que asesore y
facilite información sobre la relación entre las comunidades indígenas y
locales y los bosques. La Conferencia de las Partes ha pedido también al
Secretario Ejecutivo que asesore y facilite información sobre el contenido, los
trabajos y el programa de trabajo de mediano plazo del Convenio que guarden
relación con el mandato del GIB. El asesoramiento y la información
habrán de llegar a tiempo para el tercer período de sesiones del Grupo.
17. Tras la celebración de la tercera reunión
de la Conferencia de las Partes, el GIB podría recibir también aportaciones
sustantivas del Convenio en relación, entre otras cosas, con las causas
subyacentes de la pérdida de diversidad biológica en los ecosistemas
forestales, los componentes y la dinámica de la diversidad biológica, los
medios para proteger y utilizar eficazmente los conocimientos, las innovaciones
y las prácticas tradicionales de los habitantes de los bosques y de las
comunidades indígenas y locales, así como la participación justa y equitativa
en los beneficios derivados de esos conocimientos, innovaciones y prácticas.