Secciones retiradas: párrafos 1-20 y anexo I.
Informe sobre el progreso alcanzado en la aplicación del programa
de trabajo sobre la diversidad biológica forestal
La Conferencia de las Partes,
Destacando que en la aplicación del programa de trabajo se debe prestar
la atención debida a la función de todos los tipos de bosque incluidos los
bosques plantados,y a larestauración de los ecosistemas forestales,
Tomando nota de la importancia de la labor relativa a cuestiones
taxonómicas, ecológicas y socioeconómicas para la restauración de los
ecosistemas forestales y la conservación y utilización sostenible de la
diversidad biológica forestal,
Señalando la importancia de los ecosistemas forestal y de los recursos
forestales (incluidos los productos y servicios madereros y de oro tipo)
para las comunidades indígenas y locales y la necesidad de asegurar su
participación en la evaluación del estado y las tendencias de la diversidad
biológica forestal para la conservación y la utilización sostenible de la
diversidad biológica forestal,
Tomando nota del propuesto establecimiento y la función de coordinación
del Foro de las Naciones Unidas
1. Insta a las Partes, otros gobiernos y las organizaciones
pertinentes que promueven la aplicación del programa de trabajo para la
diversidad biológica forestal, contenido en la decisión IV/7;
2. Decide considerar en su sexta reunión la ampliación del ámbito
del programa de trabajo para que abarque la investigación y las medidas
prácticas;
3. Decide pedir a todas las Partes, los gobiernos y las
organizaciones no gubernamentales que adopten medidas prácticas en el marco
de los programas de trabajo existentes con miras a abordar, con carácter de
urgencia, la conservación y la utilización sostenible de la diversidad
biológica forestal, aplicando el enfoque por ecosistemas y teniendo en cuenta
los resultados del cuarto período de sesiones del Foro Intergubernamental
sobre Bosques (UNEP/CBD/COP/5/Inf.16), y también que contribuyan a la labor
futura del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques;
4. Decide establecer un grupo especial de expertos técnicos sobre la
diversidad biológica forestal para que preste asistencia al Órgano
Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico, sobre la base
del mandato especificado en el anexo, en su labor relativa a la diversidad
biológica forestal;
5. Pide al Secretario Ejecutivo que designe expertos científicos y
técnicos, incluidos expertos especializados en cuestiones de políticas y
conocimientos tradicionales para el grupo de expertos técnicos a que se hace
referencia en el párrafo supra, teniendo debidamente en cuenta la
representación geográfica;.20
6. Pide al Secretario Ejecutivo que prepare la labor del grupo
especial de expertos invitando a distintas organizaciones e instituciones
internacionales a que aporten datos e información de importancia para el
mandato;
7. Invita a las Partes, los países y las organizaciones
internacionales, instituciones y procesos y otros órganos pertinentes, así
como a las comunidades indígenas y locales y las organizaciones no
gubernamentales que aporten información pertinente sobre la aplicación del
programa de trabajo mediante, entre otras cosas, monografías, datos
contenidos den los informes nacionales y otros medios, según proceda;
8. Alienta a las Partes y a otros gobiernos a que promuevan la
integración de los programas forestales nacionales con las estrategias
nacionales de diversidad biológica, aplicando el enfoque por ecosistemas y la
ordenación sostenible de los bosques;
9. Alienta además a las Partes y otros gobiernos a que aseguren la
participación del sector forestal, el sector privado, las comunidades
indígenas y locales y las organizaciones no gubernamentales en la aplicación
del programa de trabajo;
10. Reconoce las actividades ejecutadas en el pasado por distintas
organizaciones y alienta a las Partes y otros gobiernos a que se fortalezcan
la capacidad, incluida la capacidad a nivel local, para mejorar la eficacia y
las funciones de las redes de áreas forestales protegidas, así como la
capacidad nacional y local para la aplicación de la ordenación de la
ordenación sostenible de los bosques, incluida la restauración, cuando sea
necesario
11. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y
Tecnológico que antes de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes
examine los efectos del cambio climático en la diversidad biológica, en
colaboración con los organismos pertinentes de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, cuando sea viable;
12. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y
Tecnológico que examine las causas de los incendios forestales descontrolados
provocados por personas y sus efectos en la diversidad biológica forestal, y
proponga posibles criterios para hacer frente a las consecuencias negativas;
13. Insta a las Partes a que examinen sin demora las medias
propuestas por el Foro Intergubernamental sobre Bosques y el Grupo
Intergubernamental sobre Bosques en relación con elemento del programa
II.d(v), relativo a la valoración de los bienes y servicios proporcionados
por los bosques;
14. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y
Tecnológico que examine los efectos de la recolección de recursos forestales
no madereros, incluida la carne de animales silvestres y los recursos
botánicos vivos, y proponga prácticas sostenibles al respecto;.21
15. Pide al Secretario Ejecutivo que invite a las organizaciones y a
los órganos que se ocupan de los bosques, instituciones y procesos
pertinentes, incluidos procesos de criterios e indicadores, así como a las
comunidades indígenas y locales, las organizaciones no gubernamentales y
otros interesados directos pertinentes a que contribuyan a la evaluación del
estado y las tendencias, incluidas las lagunas y las medidas prioritarias
necesarias para hacer frente a las amenazas para la diversidad biológica
forestal;
16. Insta a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático, incluido el Protocolo de Kyoto, a que se asegure de que las
actividades futuras de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático, incluidos los bosques y la fijación de carbono, son
coherentes con la conservación y la utilización sostenible de la diversidad
biológica forestal y la apoyan;
17. Pide al Secretario Ejecutivo, que en colaboración con la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Grupo
Intergubernamental sobre el Cambio Climático, reúna la información disponible
relativa a la integración de consideraciones de diversidad biológica,
incluida su conservación, en la aplicación de la Convención Marco de las
Naciones Unidas sobre al Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto;
18. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y
Tecnológico que, con antelación a la sexta reunión de la Conferencia de las
Partes, prepare orientaciones científicas, en colaboración con los Órganos
pertinentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio
Climático y el Grupo Intergubernamental sobre Bosques cuando proceda y sea
viable, con miras a integrar consideraciones relativas a la diversidad
biológica forestal, incluida la conservación de la diversidad biológica, en
la aplicación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático y su Protocolo de Kyoto;
19. Pide al Presidente de la quinta reunión de la conferencia de las
Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica que en su sexta reunión
transmita la presente decisión a la reunión de la Conferencia de las Partes
en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;
20. Invita al Secretario Ejecutivo a fortalecer la cooperación con la
con cooperación con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
Cambio Climático, incluido el Protocolo de Kyoto, la Convención de las
Naciones Unidas de lucha contra la desertificación, la Convención sobre el
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
(CITES), y la Convención de Ramsar sobre los Humedales, especialmente en
relación con cuestiones de importancia para la diversidad biológica forestal,
teniendo en cuenta la función del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques;.22
GRUPO ESPECIAL DE EXPERTOS TÉCNICOS SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA FORESTAL
Mandato
Teniendo en cuenta el enfoque por ecosistemas y la ordenación
sostenible de los bosques, las decisiones de la Conferencia de las Partes
sobre cuestiones temáticas e intersectoriales, en particular el artículo 8
j), las medidas propuestas convenidas por el Foro Intergubernamental sobre
Bosques (GIB), así como la labor de otros procesos y organizaciones
internacionales pertinentes, incluida la Organización de las Naciones Unidas
para la Agricultura y la Alimentación (FAO), procesos relacionados con
indicadores y criterios, la Organización Internacional de las Maderas
Tropicales (ITTO) y el Centro de Investigación Forestal Internacional
(CIFOR), los resultados de la octava reunión de la Comisión sobre el
Desarrollo Sostenible, y contribuyendo a la labor futura del Foro de las
Naciones Unidas sobre Bosques, en el contexto del programa de trabajo para la
diversidad biológica forestal, y en apoyo de ésta, y aprovechando la
información contenida en monografías disponibles,
1. Proporcionar asesoramiento sobre programas científicos y cooperación
internacional en materia de investigación y desarrollo relacionados con la
conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica de la
diversidad biológica forestal en el contexto del programa de trabajo para la
diversidad biológica forestal (decisiones IV/7 y V/4);
2. a) Realizar un examen de la información disponible sobre el estado y
las tendencias de la diversidad biológica forestal y las amenazas principales
para identificar lagunas de importancia en esa información;
b) Identificar opciones y proponer medidas prioritarias, plazos y
los agentes pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de
la diversidad biológica forestal para su aplicación mediante actividades
como:
i) Determinar nuevas medidas para mejorar la conservación de la
diversidad biológica forestal dentro y fuera de las áreas
protegidas existentes;
ii) Determinar medidas prácticas para mitigar las causas directas
subyacentes de la pérdida de diversidad biológica forestal;
iii) Identificar instrumentos y mecanismos para aplicar las medidas
y las actividades seleccionadas;
iv) Seleccionar medidas para la reforestación de bosques
diezmados; y
v) Formular estrategias para mejorar la ordenación colaborativa
con las comunidades indígenas y locales..23
c) Identificar las tecnologías y los conocimientos innovadores,
eficientes y más modernos para la evaluación, planificación, valoración,
conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica forestal, y
prestar asesoramiento sobre modos y medios de promover el desarrollo y la
transferencia de esas tecnologías.
Duración de la labor
La labor del grupo especial de expertos sobre la diversidad biológica
forestal deberá dar comienzo inmediatamente después de la aprobación del
mandato por la Conferencia de las Partes en su quinta reunión, y la
designación de expertos debe finalizarse a más tardar para la séptima reunión
del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico y a
tiempo para la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, que examinará
la diversidad biológica como una de sus cuestiones prioritarias..24