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COP 6 Decisión VI/14
Esta decisión ha sido retirada.

Diversidad biológica y turismo

La Conferencia de las Partes,

Reconociendo que el turismo sostenible, incluido el turismo basado en el medio ambiente natural (ecoturismo) constituye un sector vital cada vez mayor de la industria del turismo y cuenta con importantes posibilidades para obtener beneficios desde el punto de vista de la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de sus componentes,

Reconociendo, la necesidad de concienciar y educar al público respecto de los beneficios del turismo sostenible e incorporar activamente al sector privado en la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica mediante actividades y novedades en el ámbito del turismo sostenible,

Reconociendo, la necesidad de mejorar la participación e incorporación de las comunidades indígenas y locales en la planificación y la gestión de las actividades y las novedades en el marco del turismo sostenible;

  1. Acoge con beneplácito los esfuerzos conjuntos del Convenio sobre la Diversidad Biológica, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible y la Organización Mundial del Turismo respecto del programa de trabajo internacional sobre el desarrollo del turismo sostenible;
  2. Toma nota del progreso realizado en la elaboración de directrices para las actividades relacionadas con el desarrollo del turismo sostenible y la diversidad biológica en ecosistemas terrestres, marinos y de montaña vulnerables(24);
  3. Pide al Secretario Ejecutivo:

    1. Que remita el proyecto de directrices sobre desarrollo del turismo sostenible en zonas vulnerables a la Cumbre Mundial sobre Ecoturismo que tendrá lugar en Quebec City, del 19 al 22 de mayo de 2002;
    2. Que examine el actual proyecto de directrices teniendo en cuenta los resultados de la consulta electrónica sobre el proyecto de directrices internacionales para actividades relacionadas con el desarrollo del turismo sostenible(25), y los resultados de la Cumbre Mundial sobre ecoturismo, y remita el proyecto examinado al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico para su examen en una reunión antes de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes;
    3. Que reúna y compile monografías publicadas sobre la aplicación de las directrices y las ponga a disposición del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico para su consideración en una reunión antes de la séptima reunión de la Conferencia de las Partes.


(24) UNEP/CBD/SBSTTA/7/5, anexo I.
(25) UNEP/CBD/COP/6/12/Add.2.