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COP 3 Decisión III/21
Secciones retiradas: párrafos 1, 4 a 7, 9 y 11.

Relación del Convenio con la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible y los convenios relacionados con la diversidad biológica, otros acuerdos internacionales, instituciones y procesos pertinentes

La Conferencia de las Partes,

Recordando las decisiones II/13 y II/14 adoptadas en su segunda reunión,

Reafirmando la necesidad de hacer que las actividades que se apoyan mutuamente en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica y las actividades realizadas en el marco de otros convenios, procesos e instituciones sean pertinentes para el logro de los objetivos del Convenio, evitando a la vez la innecesaria duplicación de actividades y costos para las Partes y los órganos del Convenio,

Acogiendo con beneplácito los progresos conseguidos hasta la fecha en la elaboración de acuerdos de cooperación con convenios, instituciones y procesos pertinentes, descritos en el documento UNEP/CBD/COP/3/29,

1. Expresa su agradecimiento a los convenios e instituciones que han proporcionado documentación e información para ayudar en sus deliberaciones a la Conferencia de las Partes en su tercera reunión;

2. Aprueba los memorandos de cooperación concluidos por el Secretario Ejecutivo con las secretarías del Convenio sobre las marismas de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestres, y la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres y alienta la elaboración de nuevos acuerdos de esa naturaleza con otros órganos pertinentes relacionados con la diversidad biológica, incluidos convenios regionales;

3. Pide al Secretario Ejecutivo que continúe la coordinación con las secretarías de los convenios, instituciones y procesos pertinentes relacionados con la diversidad biológica con miras a: facilitar el intercambio de información y experiencia; estudiar la posibilidad de recomendar procedimientos para armonizar, en la medida de lo posible y deseable, los requisitos de presentación de informes por las Partes en virtud de esos instrumentos y convenios; estudiar la posibilidad de coordinar sus respectivos programas de trabajo; y consultar acerca de la forma en que esos convenios y otros instrumentos jurídicos internacionales pueden contribuir a la aplicación de las disposiciones del Convenio sobre la Diversidad Biológica;

4. Pide también al Secretario Ejecutivo que establezca, en particular, relaciones más estrechas con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y con la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en Africa, con miras a que las actividades de aplicación y las disposiciones institucionales se apoyen mutuamente;

5. Alienta a que se sigan desarrollando acuerdos de cooperación a nivel técnico y científico con convenios e instituciones pertinentes relacionados con la diversidad biológica, como el Consejo Científico de la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres y el Grupo científico y técnico de revisión del Convenio sobre las marismas de importancia internacional por conducto del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico;

6. Toma nota del documento UNEP/CBD/COP/3/35 y de las observaciones formuladas por los participantes en su tercera reunión, e invita al Secretario Ejecutivo a que continúe estudiando, en colaboración con los convenios, instituciones y procesos mundiales y regionales pertinentes, modalidades para la cooperación y a que presente un informe a la Conferencia de las Partes en su cuarta reunión a la luz de la revisión a más largo plazo del trabajo;

7. Decide:

a) En relación con la cooperación con el Convenio sobre las marismas de importancia internacional:

i) Tomar nota del plan estratégico para 1997-2002 aprobado en marzo de 1996 por la Conferencia de las Partes Contratantes en el Convenio sobre las marismas de importancia internacional, en el que figuran medidas conducentes a crear efectos sinérgicos entre ese Convenio y el Convenio sobre la Diversidad Biológica;

ii) Invitar al Convenio sobre las marismas de importancia internacional a que coopere como asociado con funciones de dirección en la ejecución de actividades relacionadas con marismas realizadas en el marco del Convenio, y, en particular, pide al Secretario Ejecutivo que recabe aportaciones del Convenio sobre las marismas de importancia internacional para la preparación de la documentación relativa al estado y las tendencias de los ecosistemas de aguas interiores para su examen por la Conferencia de las Partes en su cuarta reunión;

b) En relación con la Convención sobre la conservación de las especies migratorias, pide al Secretario Ejecutivo que, en consulta con la Secretaría de dicha Convención, evalúe la forma en que ésta puede complementar la aplicación del Convenio sobre la Diversidad Biológica mediante su actuación transfronteriza concertada y coordinada a escala regional, continental y mundial;

8. Insta a las Partes a que velen por que la conservación y la utilización sostenible de las zonas húmedas y de las especies migratorias y sus hábitats se incorporen plenamente en las estrategias, planes y programas nacionales para conservar la diversidad biológica;

9. Invita a los órganos de gobierno de los convenios relacionados con la diversidad biológica a que tengan en cuenta la posible contribución de esos convenios al logro de los objetivos del Convenio sobre la Diversidad Biológica, y a que compartan con la Conferencia de las Partes su experiencia sobre, entre otras cosas, las prácticas de ordenación y conservación que hayan tenido éxito;

10. Exhorta a los centros nacionales de coordinación del Convenio sobre la Diversidad Biológica y a las autoridades competentes del Convenio sobre las marismas de importancia internacional, la Convención sobre la conservación de las especies migratorias y la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres a que cooperen en la aplicación de esos convenios a nivel nacional para evitar la duplicación de esfuerzos;

11. Insta al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente a que inicie sin demora la aplicación de la decisión II/14 de la Conferencia de las Partes;

12. Invita a las Partes Contratantes en los convenios pertinentes relacionados con la diversidad biológica a que estudien la posibilidad de obtener financiación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial para proyectos, incluidos proyectos en los que participen varios países, que satisfagan los criterios de elegibilidad y las directrices proporcionadas por la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica al Fondo para el Medio Ambiente Mundial.