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Tema 3.4 del programa: Enfoques prácticos para la creación de capacidad en materia de taxonomía
El OSACTT,
Recordando el párrafo 7 de la decisión II/8, en la que se pidió a la
segunda reunión del OSACTT que abordara la cuestión de la escasez de
taxonomistas que las Partes necesitan para aplicar el Convenio y que
asesorara a la Conferencia de las Partes en su tercera reunión sobre la forma
de resolver ese problema, teniendo en cuenta los estudios existentes y las
iniciativas en curso, aunque adoptando una dirección más práctica de la
taxonomía vinculada a la prospección biológica y a lainvestigación ecológica
sobre la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica
y sus componentes;
Reconociendo que las colecciones biológicas son la base de la taxonomía y son también fuentes de recursos genéticos;
Habiendo examinado la nota de la Secretaría (UNEP/CBD/SBSTTA/2/5) y
encontrando un extraordinario nivel de acuerdo en que el fomento de la
capacidad en materia de taxonomía es una condición sine qua non para la
aplicación del Convenio;
Recomienda que la Conferencia de las Partes tenga en cuenta lo
siguiente:
1. Hay escasez de taxonomistas, colecciones taxonómicas e
instalaciones institucionales, y es necesario adoptar medidas para aliviar
esa situación en todo el mundo para facilitar y ayudar a los países a aplicar
el Convenio sobre la Diversidad Biológica. En particular, deberían
establecerse o fortalecerse instituciones nacionales y regionales y redes
subregionales y potenciarse los vínculos con las instituciones taxonómicas de
los países desarrollados y en desarrollo. Al fortalecer la base taxonómica,
debería tenerse presente la necesidad de información para la prospección
biológica, la conservación de hábitats, la agricultura sostenible y la
utilización sostenible de los recursos biológicos.
2. El fomento de la capacidad en materia de taxonomía debería estar
vinculado con la aplicación efectiva del Convenio sobre la Diversidad
Biológica, especialmente la identificación a nivel nacional de zonas de gran
diversidad; la profundización en el conocimiento del funcionamiento de los
ecosistemas; la asignación de prioridad a los taxones amenazados, los taxones
que tienen o pueden tener valor para la humanidad, y aquellos que sea posible
utilizar como indicadores biológicos para la conservación y la utilización
sostenible de la diversidad biológica.
3. En la elaboración de directrices y prioridades programáticas para
la financiación, incluido el mecanismo financiero establecido en virtud del
Convenio, deberían tenerse presentes las necesidades concretas de creación de
capacidad en materia de taxonomía de esferas tales como la prospección
biológica, la conservación de hábitats y la utilización sostenible de la
diversidad biológica. Ese apoyo debería reconocer la necesidad de un
almacenamiento apropiado, a largo plazo, de las colecciones y archivos y de
realizar investigaciones a largo plazo.
4. Para que puedan formarse nuevos taxonomistas, es necesario
proporcionar posibilidades de empleo. Es urgente que las Partes tengan en
cuenta esta necesidad y la incorporen en el programa de creación de
capacidad.
5. Cuando sea necesario, la evaluación de las necesidades y los planes
de acción en materia de taxonomía a nivel nacional deberían elaborarse
estableciendo prioridades nacionales, movilizando los recursos
institucionales disponibles e identificando otros recursos disponibles. Los
países podrían beneficiarse de la colaboración a nivel regional y
subregional.
6. Se reconoció la importancia de establecer programas de capacitación
regionales y subregionales. También debería prestarse atención a la
formación de especialistas, parataxonomistas y técnicos en esta esfera. La
taxonomía debe integrarse con las actividades de capacitación como la
vigilancia y las evaluaciones de la diversidad biológica. Deberían
utilizarse al máximo las instituciones existentes y las organizaciones que
realizan actividades en esas esferas.
7. Hay una urgente necesidad de poner a disposición de los países de
origen información sobre los conocimientos taxonómicos existentes, incluida
la información sobre los taxones que figuran en colecciones de todo el mundo.
8. Debería incluirse en el mecanismo de facilitación información
taxonómica para ayudar a la creación de capacidad en materia de taxonomía.
Es necesario actualizar y hacer accesible mediante la prestación de servicios
a nivel mundial el trabajo taxonómico presente en los archivos e inventarios,
guías de campo y publicaciones existentes y debería evitarse la duplicación
de trabajos ya realizados. La difusión de información debería ir en apoyo de
los objetivos del Convenio y estar vinculada a las necesidades de los
usuarios. Este intercambio de información precisará una mayor colaboración
internacional. Debería reconocerse también que los sistemas taxonómicos
tradicionales ofrecen una perspectiva valiosa de la diversidad biológica y
deberían considerarse como parte de la base global de conocimientos
taxonómicos a nivel nacional, regional y subregional.
9. Como la taxonomía entraña generalmente el uso de colecciones
biológicas, las partes interesadas deberían estudiar la posibilidad de
concluir acuerdos o instrumentos equivalentes para la transferencia de
material, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio sobre la Diversidad
Biológica, para el intercambio de especímenes biológicos e información
relativa a éstos.
10. La Conferencia de las Partes debería estudiar la posibilidad de
pedir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que apoye una iniciativa
mundial de taxonomía facilitando los fondos necesarios para las siguientes
actividades relacionadas con la creación de capacidad en materia de
taxonomía:
a) Desarrollo de programas de capacitación nacionales, regionales y
subregionales;
b) Fortalecimiento de las colecciones de referencia en los países de
origen, incluido, cuando convenga, el intercambio de paratipos en condiciones
mutuamente acordadas;
c) Facilitación a los países de origen de la información almacenada en
colecciones de todo el mundo y la taxonomía que en ellas se basa;
d) Producción y distribución de guías taxonómicas regionales;
e) Fortalecimiento de la infraestructura para las colecciones
biológicas en los países de origen y transferencia de tecnologías modernas
para la investigación taxonómica y la creación de capacidad; y
f) Difusión en todo el mundo de la información taxonómica mediante,
entre otras cosas, el mecanismo de facilitación.
Tema 3.4 del programa: Enfoques prácticos para la creación de capacidad en materia de taxonomía
El OSACTT,
Recordando el párrafo 7 de la decisión II/8, en la que se pidió a la
segunda reunión del OSACTT que abordara la cuestión de la escasez de
taxonomistas que las Partes necesitan para aplicar el Convenio y que
asesorara a la Conferencia de las Partes en su tercera reunión sobre la forma
de resolver ese problema, teniendo en cuenta los estudios existentes y las
iniciativas en curso, aunque adoptando una dirección más práctica de la
taxonomía vinculada a la prospección biológica y a lainvestigación ecológica
sobre la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica
y sus componentes;
Reconociendo que las colecciones biológicas son la base de la taxonomía y son también fuentes de recursos genéticos;
Habiendo examinado la nota de la Secretaría (UNEP/CBD/SBSTTA/2/5) y
encontrando un extraordinario nivel de acuerdo en que el fomento de la
capacidad en materia de taxonomía es una condición sine qua non para la
aplicación del Convenio;
Recomienda que la Conferencia de las Partes tenga en cuenta lo
siguiente:
1. Hay escasez de taxonomistas, colecciones taxonómicas e
instalaciones institucionales, y es necesario adoptar medidas para aliviar
esa situación en todo el mundo para facilitar y ayudar a los países a aplicar
el Convenio sobre la Diversidad Biológica. En particular, deberían
establecerse o fortalecerse instituciones nacionales y regionales y redes
subregionales y potenciarse los vínculos con las instituciones taxonómicas de
los países desarrollados y en desarrollo. Al fortalecer la base taxonómica,
debería tenerse presente la necesidad de información para la prospección
biológica, la conservación de hábitats, la agricultura sostenible y la
utilización sostenible de los recursos biológicos.
2. El fomento de la capacidad en materia de taxonomía debería estar
vinculado con la aplicación efectiva del Convenio sobre la Diversidad
Biológica, especialmente la identificación a nivel nacional de zonas de gran
diversidad; la profundización en el conocimiento del funcionamiento de los
ecosistemas; la asignación de prioridad a los taxones amenazados, los taxones
que tienen o pueden tener valor para la humanidad, y aquellos que sea posible
utilizar como indicadores biológicos para la conservación y la utilización
sostenible de la diversidad biológica.
3. En la elaboración de directrices y prioridades programáticas para
la financiación, incluido el mecanismo financiero establecido en virtud del
Convenio, deberían tenerse presentes las necesidades concretas de creación de
capacidad en materia de taxonomía de esferas tales como la prospección
biológica, la conservación de hábitats y la utilización sostenible de la
diversidad biológica. Ese apoyo debería reconocer la necesidad de un
almacenamiento apropiado, a largo plazo, de las colecciones y archivos y de
realizar investigaciones a largo plazo.
4. Para que puedan formarse nuevos taxonomistas, es necesario
proporcionar posibilidades de empleo. Es urgente que las Partes tengan en
cuenta esta necesidad y la incorporen en el programa de creación de
capacidad.
5. Cuando sea necesario, la evaluación de las necesidades y los planes
de acción en materia de taxonomía a nivel nacional deberían elaborarse
estableciendo prioridades nacionales, movilizando los recursos
institucionales disponibles e identificando otros recursos disponibles. Los
países podrían beneficiarse de la colaboración a nivel regional y
subregional.
6. Se reconoció la importancia de establecer programas de capacitación
regionales y subregionales. También debería prestarse atención a la
formación de especialistas, parataxonomistas y técnicos en esta esfera. La
taxonomía debe integrarse con las actividades de capacitación como la
vigilancia y las evaluaciones de la diversidad biológica. Deberían
utilizarse al máximo las instituciones existentes y las organizaciones que
realizan actividades en esas esferas.
7. Hay una urgente necesidad de poner a disposición de los países de
origen información sobre los conocimientos taxonómicos existentes, incluida
la información sobre los taxones que figuran en colecciones de todo el mundo.
8. Debería incluirse en el mecanismo de facilitación información
taxonómica para ayudar a la creación de capacidad en materia de taxonomía.
Es necesario actualizar y hacer accesible mediante la prestación de servicios
a nivel mundial el trabajo taxonómico presente en los archivos e inventarios,
guías de campo y publicaciones existentes y debería evitarse la duplicación
de trabajos ya realizados. La difusión de información debería ir en apoyo de
los objetivos del Convenio y estar vinculada a las necesidades de los
usuarios. Este intercambio de información precisará una mayor colaboración
internacional. Debería reconocerse también que los sistemas taxonómicos
tradicionales ofrecen una perspectiva valiosa de la diversidad biológica y
deberían considerarse como parte de la base global de conocimientos
taxonómicos a nivel nacional, regional y subregional.
9. Como la taxonomía entraña generalmente el uso de colecciones
biológicas, las partes interesadas deberían estudiar la posibilidad de
concluir acuerdos o instrumentos equivalentes para la transferencia de
material, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio sobre la Diversidad
Biológica, para el intercambio de especímenes biológicos e información
relativa a éstos.
10. La Conferencia de las Partes debería estudiar la posibilidad de
pedir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que apoye una iniciativa
mundial de taxonomía facilitando los fondos necesarios para las siguientes
actividades relacionadas con la creación de capacidad en materia de
taxonomía:
a) Desarrollo de programas de capacitación nacionales, regionales y
subregionales;
b) Fortalecimiento de las colecciones de referencia en los países de
origen, incluido, cuando convenga, el intercambio de paratipos en condiciones
mutuamente acordadas;
c) Facilitación a los países de origen de la información almacenada en
colecciones de todo el mundo y la taxonomía que en ellas se basa;
d) Producción y distribución de guías taxonómicas regionales;
e) Fortalecimiento de la infraestructura para las colecciones
biológicas en los países de origen y transferencia de tecnologías modernas
para la investigación taxonómica y la creación de capacidad; y
f) Difusión en todo el mundo de la información taxonómica mediante,
entre otras cosas, el mecanismo de facilitación.