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Recomendaciones SBSTTA 2

SBSTTA 2 Recomendación II/2
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Tema 3.4 del programa: Enfoques prácticos para la creación de capacidad en materia de taxonomía

El OSACTT,

Recordando el párrafo 7 de la decisión II/8, en la que se pidió a la segunda reunión del OSACTT que abordara la cuestión de la escasez de taxonomistas que las Partes necesitan para aplicar el Convenio y que asesorara a la Conferencia de las Partes en su tercera reunión sobre la forma de resolver ese problema, teniendo en cuenta los estudios existentes y las iniciativas en curso, aunque adoptando una dirección más práctica de la taxonomía vinculada a la prospección biológica y a lainvestigación ecológica sobre la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y sus componentes;

Reconociendo que las colecciones biológicas son la base de la taxonomía y son también fuentes de recursos genéticos;

Habiendo examinado la nota de la Secretaría (UNEP/CBD/SBSTTA/2/5) y encontrando un extraordinario nivel de acuerdo en que el fomento de la capacidad en materia de taxonomía es una condición sine qua non para la aplicación del Convenio;

Recomienda que la Conferencia de las Partes tenga en cuenta lo siguiente:

1. Hay escasez de taxonomistas, colecciones taxonómicas e instalaciones institucionales, y es necesario adoptar medidas para aliviar esa situación en todo el mundo para facilitar y ayudar a los países a aplicar el Convenio sobre la Diversidad Biológica. En particular, deberían establecerse o fortalecerse instituciones nacionales y regionales y redes subregionales y potenciarse los vínculos con las instituciones taxonómicas de los países desarrollados y en desarrollo. Al fortalecer la base taxonómica, debería tenerse presente la necesidad de información para la prospección biológica, la conservación de hábitats, la agricultura sostenible y la utilización sostenible de los recursos biológicos.

2. El fomento de la capacidad en materia de taxonomía debería estar vinculado con la aplicación efectiva del Convenio sobre la Diversidad Biológica, especialmente la identificación a nivel nacional de zonas de gran diversidad; la profundización en el conocimiento del funcionamiento de los ecosistemas; la asignación de prioridad a los taxones amenazados, los taxones que tienen o pueden tener valor para la humanidad, y aquellos que sea posible utilizar como indicadores biológicos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica.

3. En la elaboración de directrices y prioridades programáticas para la financiación, incluido el mecanismo financiero establecido en virtud del Convenio, deberían tenerse presentes las necesidades concretas de creación de capacidad en materia de taxonomía de esferas tales como la prospección biológica, la conservación de hábitats y la utilización sostenible de la diversidad biológica. Ese apoyo debería reconocer la necesidad de un almacenamiento apropiado, a largo plazo, de las colecciones y archivos y de realizar investigaciones a largo plazo.

4. Para que puedan formarse nuevos taxonomistas, es necesario proporcionar posibilidades de empleo. Es urgente que las Partes tengan en cuenta esta necesidad y la incorporen en el programa de creación de capacidad.

5. Cuando sea necesario, la evaluación de las necesidades y los planes de acción en materia de taxonomía a nivel nacional deberían elaborarse estableciendo prioridades nacionales, movilizando los recursos institucionales disponibles e identificando otros recursos disponibles. Los países podrían beneficiarse de la colaboración a nivel regional y subregional.

6. Se reconoció la importancia de establecer programas de capacitación regionales y subregionales. También debería prestarse atención a la formación de especialistas, parataxonomistas y técnicos en esta esfera. La taxonomía debe integrarse con las actividades de capacitación como la vigilancia y las evaluaciones de la diversidad biológica. Deberían utilizarse al máximo las instituciones existentes y las organizaciones que realizan actividades en esas esferas.

7. Hay una urgente necesidad de poner a disposición de los países de origen información sobre los conocimientos taxonómicos existentes, incluida la información sobre los taxones que figuran en colecciones de todo el mundo.

8. Debería incluirse en el mecanismo de facilitación información taxonómica para ayudar a la creación de capacidad en materia de taxonomía. Es necesario actualizar y hacer accesible mediante la prestación de servicios a nivel mundial el trabajo taxonómico presente en los archivos e inventarios, guías de campo y publicaciones existentes y debería evitarse la duplicación de trabajos ya realizados. La difusión de información debería ir en apoyo de los objetivos del Convenio y estar vinculada a las necesidades de los usuarios. Este intercambio de información precisará una mayor colaboración internacional. Debería reconocerse también que los sistemas taxonómicos tradicionales ofrecen una perspectiva valiosa de la diversidad biológica y deberían considerarse como parte de la base global de conocimientos taxonómicos a nivel nacional, regional y subregional.

9. Como la taxonomía entraña generalmente el uso de colecciones biológicas, las partes interesadas deberían estudiar la posibilidad de concluir acuerdos o instrumentos equivalentes para la transferencia de material, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, para el intercambio de especímenes biológicos e información relativa a éstos.

10. La Conferencia de las Partes debería estudiar la posibilidad de pedir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que apoye una iniciativa mundial de taxonomía facilitando los fondos necesarios para las siguientes actividades relacionadas con la creación de capacidad en materia de taxonomía:

a) Desarrollo de programas de capacitación nacionales, regionales y subregionales;

b) Fortalecimiento de las colecciones de referencia en los países de origen, incluido, cuando convenga, el intercambio de paratipos en condiciones mutuamente acordadas;

c) Facilitación a los países de origen de la información almacenada en colecciones de todo el mundo y la taxonomía que en ellas se basa;

d) Producción y distribución de guías taxonómicas regionales;

e) Fortalecimiento de la infraestructura para las colecciones biológicas en los países de origen y transferencia de tecnologías modernas para la investigación taxonómica y la creación de capacidad; y

f) Difusión en todo el mundo de la información taxonómica mediante, entre otras cosas, el mecanismo de facilitación.

Tema 3.4 del programa: Enfoques prácticos para la creación de capacidad en materia de taxonomía

El OSACTT,

Recordando el párrafo 7 de la decisión II/8, en la que se pidió a la segunda reunión del OSACTT que abordara la cuestión de la escasez de taxonomistas que las Partes necesitan para aplicar el Convenio y que asesorara a la Conferencia de las Partes en su tercera reunión sobre la forma de resolver ese problema, teniendo en cuenta los estudios existentes y las iniciativas en curso, aunque adoptando una dirección más práctica de la taxonomía vinculada a la prospección biológica y a lainvestigación ecológica sobre la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y sus componentes;

Reconociendo que las colecciones biológicas son la base de la taxonomía y son también fuentes de recursos genéticos;

Habiendo examinado la nota de la Secretaría (UNEP/CBD/SBSTTA/2/5) y encontrando un extraordinario nivel de acuerdo en que el fomento de la capacidad en materia de taxonomía es una condición sine qua non para la aplicación del Convenio;

Recomienda que la Conferencia de las Partes tenga en cuenta lo siguiente:

1. Hay escasez de taxonomistas, colecciones taxonómicas e instalaciones institucionales, y es necesario adoptar medidas para aliviar esa situación en todo el mundo para facilitar y ayudar a los países a aplicar el Convenio sobre la Diversidad Biológica. En particular, deberían establecerse o fortalecerse instituciones nacionales y regionales y redes subregionales y potenciarse los vínculos con las instituciones taxonómicas de los países desarrollados y en desarrollo. Al fortalecer la base taxonómica, debería tenerse presente la necesidad de información para la prospección biológica, la conservación de hábitats, la agricultura sostenible y la utilización sostenible de los recursos biológicos.

2. El fomento de la capacidad en materia de taxonomía debería estar vinculado con la aplicación efectiva del Convenio sobre la Diversidad Biológica, especialmente la identificación a nivel nacional de zonas de gran diversidad; la profundización en el conocimiento del funcionamiento de los ecosistemas; la asignación de prioridad a los taxones amenazados, los taxones que tienen o pueden tener valor para la humanidad, y aquellos que sea posible utilizar como indicadores biológicos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica.

3. En la elaboración de directrices y prioridades programáticas para la financiación, incluido el mecanismo financiero establecido en virtud del Convenio, deberían tenerse presentes las necesidades concretas de creación de capacidad en materia de taxonomía de esferas tales como la prospección biológica, la conservación de hábitats y la utilización sostenible de la diversidad biológica. Ese apoyo debería reconocer la necesidad de un almacenamiento apropiado, a largo plazo, de las colecciones y archivos y de realizar investigaciones a largo plazo.

4. Para que puedan formarse nuevos taxonomistas, es necesario proporcionar posibilidades de empleo. Es urgente que las Partes tengan en cuenta esta necesidad y la incorporen en el programa de creación de capacidad.

5. Cuando sea necesario, la evaluación de las necesidades y los planes de acción en materia de taxonomía a nivel nacional deberían elaborarse estableciendo prioridades nacionales, movilizando los recursos institucionales disponibles e identificando otros recursos disponibles. Los países podrían beneficiarse de la colaboración a nivel regional y subregional.

6. Se reconoció la importancia de establecer programas de capacitación regionales y subregionales. También debería prestarse atención a la formación de especialistas, parataxonomistas y técnicos en esta esfera. La taxonomía debe integrarse con las actividades de capacitación como la vigilancia y las evaluaciones de la diversidad biológica. Deberían utilizarse al máximo las instituciones existentes y las organizaciones que realizan actividades en esas esferas.

7. Hay una urgente necesidad de poner a disposición de los países de origen información sobre los conocimientos taxonómicos existentes, incluida la información sobre los taxones que figuran en colecciones de todo el mundo.

8. Debería incluirse en el mecanismo de facilitación información taxonómica para ayudar a la creación de capacidad en materia de taxonomía. Es necesario actualizar y hacer accesible mediante la prestación de servicios a nivel mundial el trabajo taxonómico presente en los archivos e inventarios, guías de campo y publicaciones existentes y debería evitarse la duplicación de trabajos ya realizados. La difusión de información debería ir en apoyo de los objetivos del Convenio y estar vinculada a las necesidades de los usuarios. Este intercambio de información precisará una mayor colaboración internacional. Debería reconocerse también que los sistemas taxonómicos tradicionales ofrecen una perspectiva valiosa de la diversidad biológica y deberían considerarse como parte de la base global de conocimientos taxonómicos a nivel nacional, regional y subregional.

9. Como la taxonomía entraña generalmente el uso de colecciones biológicas, las partes interesadas deberían estudiar la posibilidad de concluir acuerdos o instrumentos equivalentes para la transferencia de material, de conformidad con lo dispuesto en el Convenio sobre la Diversidad Biológica, para el intercambio de especímenes biológicos e información relativa a éstos.

10. La Conferencia de las Partes debería estudiar la posibilidad de pedir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que apoye una iniciativa mundial de taxonomía facilitando los fondos necesarios para las siguientes actividades relacionadas con la creación de capacidad en materia de taxonomía:

a) Desarrollo de programas de capacitación nacionales, regionales y subregionales;

b) Fortalecimiento de las colecciones de referencia en los países de origen, incluido, cuando convenga, el intercambio de paratipos en condiciones mutuamente acordadas;

c) Facilitación a los países de origen de la información almacenada en colecciones de todo el mundo y la taxonomía que en ellas se basa;

d) Producción y distribución de guías taxonómicas regionales;

e) Fortalecimiento de la infraestructura para las colecciones biológicas en los países de origen y transferencia de tecnologías modernas para la investigación taxonómica y la creación de capacidad; y

f) Difusión en todo el mundo de la información taxonómica mediante, entre otras cosas, el mecanismo de facilitación.