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SBSTTA 9 Recomendación IX/14

Estrategia Mundial para Conservación de las Especies Vegetales

      El Organo subsidiario de asesoramiento científico, técnico y tecnológico

      Recomienda que la Conferencia de las Partes, en su séptima reunión:

      a) Tome nota con beneplácito del progreso logrado en la elaboración y aplicación ulteriores de la Estrategia en consonancia con la decisión VI/9;

      b) Manifieste su agradecimiento a las organizaciones que han facilitado las consultas de interesados en relación con los diversos objetivos de la Estrategia y a Botanic Gardens Conservation International por el apoyo prestado al proceso de elaboración y aplicación de la Estrategia, incluso mediante la cesión de un oficial de programas a la Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica;

      c) Acoja con beneplácito el establecimiento de la asociación mundial para conservación de especies vegetales y aliente a las organizaciones que participan a continuar con su aporte a la aplicación de la Estrategia, invite a otras organizaciones a adherirse a esta asociación y aliente a Botanic Gardens Conservation International a continuar su apoyando a la asociación;

      d) Acoja con beneplácito el establecimiento por parte del Secretario Ejecutivo de un mecanismo flexible de coordinación para la Estrategia, constituido por reuniones de grupos de enlace por convocar según sea necesario en virtud de los procedimientos establecidos; centros nacionales de coordinación, que determinen las Partes; la Asociación mundial para conservación de especies vegetales y la Secretaría, incluido el oficial de programas cedido por Botanic Gardens Conservation International;

      e) Invite al Centro mundial de vigilancia para la conservación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente a prestar apoyo al Secretario Ejecutivo en la supervisión de la aplicación de la Estrategia, colaborando con la Asociación mundial para conservación de especies vegetales;

      f) Inste a las Partes a designar centros de coordinación para la Estrategia, o a designarlos entre los centros de coordinación existentes, con miras a:

          i) promover y facilitar la aplicación y supervisión de la Estrategia a nivel nacional, incluida la identificación de objetivos nacionales y su integración a las estrategias y planes nacionales sobre diversidad biológica y a los planes, programas y actividades sectoriales e intersectoriales;

          ii) promover la participación de interesados nacionales en la aplicación y supervisión de la Estrategia a nivel nacional; y

          iii) facilitar la comunicación entre los interesados nacionales y la Secretaría y la Asociación mundial para conservación de especies vegetales;

      g) Pida al Secretario Ejecutivo que, con apoyo de los miembros de la Asociación mundial para conservación de especies vegetales, elabore propuestas para un juego de instrumentos, incluida una lista de verificación para ayudar a las Partes a integrar las metas en sus estrategias, planes y programas, para que las examine el Organo subsidiario de asesoramiento científico, técnico y tecnológico antes de la octava reunión de la Conferencia de las Partes;

      h) Decida que se integren los objetivos de la Estrategia en todos los programas de trabajo temáticos e intersectoriales pertinentes del Convenio, y en particular, que se integren:

        i) el objetivo 1 a la iniciativa mundial sobre taxonomía;

          ii) los objetivos 4 y 5 al programa de trabajo sobre áreas protegidas;

          iii) el objetivo 10 a la labor sobre especies exóticas invasoras;

          iv) los objetivos 11, 12 y 13 a la labor sobre utilización sostenible;

          v) los objetivos 9 y 13 a la labor sobre el Artículo 8 j) y disposiciones conexas;

          vi) el objetivo 14 al programa de comunicaciones, educación y conciencia pública; y

          vii) los objetivos 6, 9 y 12 a los programas temáticos sobre diversidad biológica agrícola y diversidad biológica forestal;

      i) Haga hincapié en que, de conformidad con los párrafos 3, 4, 6 y 7 de la decisión VI/9, la Estrategia debe implantarse de manera flexible y con la debida atención a la necesidad de crear capacidad para identificar y alcanzar los objetivos nacionales, particularmente en los países en desarrollo, en especial en los menos desarrollados y en los pequeños Estados insulares, así como en los países con economías en transición;

      j) Decida integrar los objetivos de la Estrategia al marco de presentación de los terceros informes nacionales;

      k) Acoja con beneplácito las decisiones de la Conferencia de las Partes y del Comité sobre plantas de la Convención sobre el comercio de especies amenazadas de flora y fauna silvestres (CITES) de considerar la forma por la que pudieran contribuir a la aplicación de la Estrategia, especialmente en relación con el objetivo 11 ("Ninguna especie de flora silvestre en peligro de extinción por razón del comercio internacional");

      l) Invite a la Comisión sobre recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación a considerar cómo contribuiría el Plan de acción mundial para la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura a la aplicación de la Estrategia, en especial al objetivo 9 ("Conservación del 70% de la diversidad genética de cultivos y de otras especies vegetales importantes y socioeconómicamente valiosas y mantenimiento de los conocimientos locales e indígenas conexos").